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Programas 31 de julio de 2026 · 5 min de lectura

Anexo 24: el control de inventarios que sostiene tu programa IMMEX

IMMEX te permite importar temporalmente sin pagar impuestos. La contraprestación es demostrar, dato por dato, que todo lo que entró salió. Qué es el Anexo 24, qué debe contener y qué se rompe primero.

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Equipo TradeWay

TradeWay International

Almacén industrial con racks de material y una terminal de control de inventarios

Un programa IMMEX permite importar insumos, maquinaria y equipo bajo régimen temporal sin pagar el impuesto general de importación ni el IVA, siempre que la mercancía se transforme y retorne al extranjero. Es un beneficio grande, y como todo beneficio de este tipo, tiene una contraprestación.

La contraprestación es documental: demostrar en cualquier momento, pieza por pieza, que todo lo que entró temporalmente salió, se cambió de régimen o sigue dentro del plazo autorizado. El sistema que sostiene esa demostración es el Anexo 24.

Qué es exactamente

El Anexo 24 es el anexo de las Reglas Generales de Comercio Exterior que define el contenido mínimo obligatorio del sistema de control de inventarios automatizado que toda empresa con programa IMMEX debe mantener.

Dos precisiones que se confunden a menudo:

  • No es un reporte que se presenta. Es un sistema que debes tener funcionando y poder mostrar cuando te lo requieran.
  • No es tu ERP. Puede alimentarse de tu ERP, pero un ERP estándar no cumple el Anexo 24 sin configuración específica. La diferencia está en que el Anexo 24 razona en términos aduaneros —pedimentos, fracciones, regímenes, descargos— no en términos contables.

Qué debe contener

En términos prácticos, el sistema tiene que poder responder cuatro preguntas sobre cualquier insumo, en cualquier fecha:

  1. ¿Qué es? Un catálogo de materiales con descripción, fracción arancelaria, unidad de medida y su equivalencia con la unidad de tarifa.
  2. ¿Cómo entró? Entradas vinculadas al pedimento de importación temporal que las amparó: número, fecha, cantidad, valor.
  3. ¿Cómo salió? Salidas por retorno al extranjero, cambio de régimen a definitivo, transferencia virtual a otra empresa IMMEX, o destrucción y desperdicios documentados.
  4. ¿Qué queda? Saldos vigentes por material, con la fecha límite de permanencia de cada lote.

La lógica del descargo

El mecanismo central es el descargo: cuando exportas producto terminado, el pedimento de retorno tiene que descontar de tus saldos los insumos que ese producto consumió.

Ese descuento se calcula con tu lista de materiales —el BOM— que traduce “exporté 500 piezas del modelo X” a “consumí tantos kilos de acero, tantos metros de cable y tantas piezas de conector, importados con estos pedimentos”.

Aquí es donde se rompe casi todo. Si el BOM no refleja el consumo real, si no contempla la merma del proceso o si nadie lo actualizó cuando cambió el diseño del producto, el descargo queda mal desde el origen y el error se acumula en cada exportación.

Los plazos importan tanto como los saldos

La mercancía importada temporalmente tiene un plazo máximo de permanencia en el país. Los insumos tienen un plazo determinado según el tipo de mercancía y de programa; la maquinaria y el equipo generalmente pueden permanecer mientras el programa esté vigente. Confirma el plazo aplicable a tu caso, porque no es único para todo.

Un insumo que rebasa su plazo sin haber retornado o cambiado de régimen deja de estar amparado. En ese momento se convierte en mercancía de importación definitiva no declarada, con las contribuciones que se dejaron de pagar más actualizaciones y recargos.

Por eso el reporte más útil que puede darte el sistema no es el de saldos, sino el de saldos próximos a vencer.

Certificación IVA/IEPS y Anexo 31

Si además cuentas con la certificación en materia de IVA e IEPS —la que permite aplicar un crédito en lugar de pagar el IVA en la importación temporal— el Anexo 24 deja de ser una obligación administrativa y pasa a ser la base de un beneficio financiero directo.

El control de esos créditos y garantías vive en un sistema separado, y la certificación se renueva sujeta a que sigas cumpliendo los requisitos, entre ellos el control de inventarios. Perderla no es un tema de forma: significa empezar a desembolsar IVA en cada importación temporal.

Qué se rompe primero

En orden de frecuencia:

  • BOM desactualizado. El producto cambió, el sistema no. Es la causa raíz de la mayoría de los descuadres.
  • Mermas y desperdicios sin documentar. El material se consumió, se destruyó o se desechó, pero no hay registro ni destino aduanero para él.
  • Transferencias virtuales incompletas. Una transferencia entre empresas IMMEX requiere pedimentos que empatan de ambos lados. Si solo uno se presentó, el saldo queda colgado.
  • Saldos negativos. El sistema descarga más de lo que registró como entrada. Es una señal inequívoca de que las entradas no se están capturando completas.
  • Rectificaciones no reflejadas. Se rectificó un pedimento y el inventario siguió con el dato viejo.
  • Cambios de régimen sin registrar. El insumo se nacionalizó, pero en el sistema sigue como temporal.

Qué revisar cada trimestre

  1. Conciliar saldos del sistema contra inventario físico.
  2. Listar y atender los lotes con plazo por vencer en los próximos 90 días.
  3. Confirmar que no existan saldos negativos.
  4. Verificar que el BOM corresponde al producto que hoy se fabrica.
  5. Revisar que toda merma y desperdicio tenga registro y destino documentado.
  6. Cuadrar transferencias virtuales pendientes de su pedimento par.
  7. Confirmar que las rectificaciones del periodo se reflejaron en inventario.

Un descuadre detectado en la revisión trimestral es un ajuste. El mismo descuadre detectado en una visita es un crédito fiscal.

Qué está en juego

Un control de inventarios que no cuadra puede derivar en la determinación de contribuciones sobre la mercancía que no se acredita retornada, en la pérdida de la certificación IVA/IEPS, y en la suspensión del programa IMMEX. Suspensión del programa significa que la operación deja de poder importar temporalmente, es decir, se detiene.

Vale la pena verlo desde el otro lado: el Anexo 24 bien llevado es lo que convierte el beneficio de IMMEX en algo defendible. Sin él, el beneficio existe hasta que alguien lo revise.

Relacionado

Si tu operación combina IMMEX con almacenaje, un recinto fiscalizado estratégico cambia dónde y bajo qué régimen permanece la mercancía. Y si importas insumos que no clasifican de forma evidente, revisa la regla octava.

En TradeWay

Damos consultoría de comercio exterior para operaciones con programas de fomento y coordinamos el despacho, el transporte y el almacenaje fiscal que alimentan tu control de inventarios, con un solo punto de contacto. Si tu Anexo 24 no cuadra o quieres revisarlo antes de que lo revise alguien más, contáctanos.

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