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Programas 14 de agosto de 2026 · 6 min de lectura

Certificación de IVA e IEPS: el crédito que decide el flujo de una IMMEX

Tener IMMEX no te exenta del IVA en la importación temporal. Las tres salidas —pagar y recuperar, garantizar o certificarte—, qué pide realmente el SAT, cómo funciona el Anexo 31 y cuándo la certificación no vale la pena.

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Equipo TradeWay

TradeWay International

Nave de manufactura con racks de materia prima e insumos bajo control de inventario

Tienes IMMEX. Importas temporalmente insumos que vas a transformar y retornar. Y aun así, en cada pedimento pagas IVA.

No es un error de tu agencia. Desde 2015 la importación temporal causa IVA —y IEPS cuando la mercancía lo genera—, y el programa IMMEX no lo exenta por sí solo. Ese dinero regresa después vía acreditamiento o devolución, pero mientras tanto está fuera de tu caja. En una operación que importa todos los meses, eso es capital de trabajo permanentemente atrapado.

La certificación en materia de IVA e IEPS existe justo para eso: para no desembolsarlo.

Las tres salidas

Ante el IVA de la importación temporal hay exactamente tres caminos:

1. Pagarlo y recuperarlo. Funciona, y no requiere trámite previo. El costo es el tiempo: entre el desembolso y la recuperación pasan semanas o meses, y ese tiempo se multiplica por cada embarque del año.

2. Garantizarlo. Mediante fianza o carta de crédito a favor de la autoridad. No desembolsas el impuesto, pero pagas el costo del instrumento y consumes línea de crédito bancaria — la misma que quizá necesites para otra cosa.

3. Certificarte. Obtienes un crédito equivalente al 100 % del IVA e IEPS que causaría la importación temporal. No se paga y no se garantiza: se aplica el crédito en el pedimento.

La tercera es la que más conviene a una operación recurrente, y también la única que exige demostrar que tu control interno está en orden.

Qué es exactamente la certificación

No es un programa aparte. Es una modalidad del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas que otorga el SAT. El mismo registro tiene otras modalidades con propósitos distintos:

  • IVA e IEPS — el crédito del que trata este artículo.
  • Comercializadora e Importadora — para operaciones de compraventa.
  • Operador Económico Autorizado — enfocado en seguridad de la cadena y facilidades de despacho, explicado en OEA.
  • Socio Comercial Certificado — para transportistas, recintos y agencias.

Se pueden tener varias. La de IVA e IEPS es la que toca el dinero directamente.

Los rubros: A, AA y AAA

La modalidad se otorga por rubros, con beneficios y vigencias crecientes. El rubro base da el crédito y una vigencia corta; los superiores agregan facilidades operativas —plazos ampliados, trámites simplificados, menor incidencia de revisión— y vigencias más largas, a cambio de requisitos más exigentes de historial y control.

Los plazos y requisitos exactos de cada rubro viven en las Reglas Generales de Comercio Exterior, que se actualizan cada año. Revisa la versión vigente antes de armar el expediente: es el tipo de detalle que cambia sin aviso y que invalida una solicitud completa.

Qué pide realmente el SAT

Los requisitos formales están publicados. Lo que conviene entender es qué está evaluando la autoridad detrás de cada uno:

  • Programa vigente y operación real. Que la empresa efectivamente produzca o preste el servicio que ampara el programa.
  • Control de inventarios conforme al Anexo 24. Este es el requisito de fondo. Sin un sistema que amarre entradas, salidas, saldos y descargos por pedimento, no hay certificación posible.
  • Cumplimiento fiscal propio y de terceros. Opinión positiva de la empresa, de sus socios y accionistas, y de sus principales proveedores y clientes.
  • Personal registrado ante el IMSS. Un mínimo de trabajadores dados de alta y con cuotas al corriente.
  • No estar vinculado a los listados de contribuyentes con operaciones inexistentes. Ni la empresa ni quienes le facturan.
  • Domicilios registrados y localizables, con la infraestructura declarada realmente ahí.
  • Visita de inspección. La autoridad va a ver la planta y el sistema funcionando.

El Anexo 31: el crédito no es un sello, es una cuenta

Aquí es donde muchas empresas se llevan la sorpresa.

El crédito no se otorga y se olvida. Se administra en un sistema de control de cuentas donde cada importación temporal abre un saldo, y ese saldo se descarga cuando la mercancía se retorna, cambia de régimen o se transfiere en tiempo.

Si el retorno no ocurre dentro del plazo, el saldo no se descarga y se convierte en un adeudo determinable. No hace falta que llegue una auditoría: el propio sistema lo evidencia.

Por eso la certificación no se pierde en la solicitud. Se pierde en el mantenimiento: descargos que no se hacen, plazos que se vencen, inventarios que dejan de cuadrar contra los pedimentos. El Anexo 24 y el control de créditos son el mismo problema visto dos veces.

Cuánto vale, en dinero

La cuenta es directa. Toma tu importación temporal mensual promedio, aplica la tasa de IVA, y multiplícalo por los meses que tarda tu ciclo de recuperación.

Con un ejemplo ilustrativo: una operación que importa temporalmente el equivalente a 500 000 dólares al mes genera alrededor de 80 000 dólares mensuales de IVA. Si la recuperación tarda tres meses, hay del orden de 240 000 dólares permanentemente inmovilizados — no como gasto, sino como caja que no puedes usar para nada más.

Los números son de ejemplo, pero la estructura no: sustituye los tuyos y el resultado suele ser mayor de lo que la gente estima de memoria. Contra eso se compara el costo de certificarse y de sostener la certificación.

Certificación o garantía

Certificación IVA e IEPSGarantía (fianza o carta de crédito)
Desembolso del IVANoNo
Costo recurrenteMantenimiento y auditoría internaPrima o comisión del instrumento
Consume línea bancariaNo
Tiempo para obtenerlaMesesSemanas
Exige control de inventarios sólidoSí, es el requisito centralMenos exigente
Beneficios adicionalesSí, según el rubroNo
Riesgo si algo fallaPérdida del registroEjecución de la garantía

La garantía es la salida razonable mientras te certificas, o para una operación que todavía no tiene el volumen ni el control para sostener un registro.

Cuándo NO conviene

  • Volumen bajo o esporádico. Si importas temporalmente pocas veces al año, el costo de sostener la certificación supera el beneficio financiero.
  • Control de inventarios flojo. Certificarse con un Anexo 24 que no cuadra es acelerar hacia una revisión con la casa desordenada. Primero se arregla el control; después se solicita.
  • Retornos que no se cumplen en plazo. Si tu ciclo productivo rebasa habitualmente los plazos de permanencia, el crédito se convierte en un pasivo acumulándose en silencio.
  • Operación de compraventa, no de manufactura. Ahí la modalidad que corresponde probablemente es otra.

Cómo llegar preparado

  1. Audita tu Anexo 24 primero. Concilia inventarios físicos contra sistema y contra pedimentos, por lo menos de los últimos meses. Lo que no cuadre ahora, tampoco cuadrará frente a la autoridad.
  2. Revisa la opinión de cumplimiento propia, de socios y de tus proveedores y clientes principales. Un tercero en mal estado tumba la solicitud.
  3. Ordena los domicilios. Que lo registrado coincida con lo que hay físicamente, incluidos almacenes y sucursales.
  4. Documenta los procesos, no solo el resultado. La visita evalúa el sistema, no una foto del inventario.
  5. Define quién mantiene la cuenta de créditos dentro de la empresa. Si no hay un responsable con nombre, no se sostiene.
  6. Verifica las reglas vigentes antes de presentar, porque los requisitos por rubro se ajustan cada año.

En TradeWay

Acompañamos operaciones IMMEX en el diagnóstico previo a la certificación —control de inventarios, conciliación de pedimentos y expediente— y operamos el despacho, el transporte y el almacenaje fiscal con un solo punto de contacto y una sola factura. Si quieres saber si tu operación está lista para certificarse, contáctanos.

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