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Compliance 8 de junio de 2026 · 5 min de lectura

Aranceles a China y países sin TLC: lo que cambió en 2026 y cómo te afecta

Desde el 1 de enero de 2026 México aplica aranceles de hasta 50% a 1,463 fracciones de productos de países sin tratado de libre comercio. Qué cambió, a qué sectores pega y cómo el origen y el T-MEC pueden blindar tu costo.

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Equipo TradeWay

TradeWay International

Vista aérea de una terminal de contenedores al atardecer, ilustrando la escala de las importaciones afectadas por los nuevos aranceles

Si tu estrategia de abasto es comprar barato en Asia, el costo de aterrizaje de tu mercancía pudo haber cambiado de un día para otro. El 29 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que, a partir del 1 de enero de 2026, sube el arancel general a 1,463 fracciones arancelarias de productos provenientes de países con los que México no tiene tratado de libre comercio —China en primer lugar—. Las tasas van de 5% hasta 50%. Si importas calzado, textil, autopartes, juguetes, plásticos, acero o electrónicos, esto te aplica directo. Aquí va qué cambió, a quién golpea y cómo defender tu margen.

⚠️ Lo esencial. Es un aumento al arancel general (NMF) de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE). Pega a los orígenes sin tratado (China, y otros como India, Corea del Sur, Brasil o Rusia según la fracción). Las mercancías que califican como originarias de un país con tratado —el T-MEC, por ejemplo— y lo acreditan con certificado de origen siguen pagando la tasa preferencial. El golpe es para quien importa de orígenes sin TLC.

Qué cambió exactamente

México ya venía aplicando aranceles temporales a ciertos productos sensibles desde 2024. El decreto del 1 de enero de 2026 amplía y profundiza ese esquema:

DatoDetalle
PublicaciónDiario Oficial de la Federación, 29 de diciembre de 2025
Entrada en vigor1 de enero de 2026
Fracciones modificadas1,463 de la LIGIE
Rango de tasas5% a 50%
Orígenes afectadosPaíses sin tratado de libre comercio con México
Objetivo declaradoFrenar la entrada masiva de mercancía de bajo precio y proteger empleo e industria nacional

No es una cuota compensatoria (esa es otra figura, contra prácticas desleales). Esto es un arancel que sube la base general para esos orígenes.

A qué sectores y productos pega

El decreto abarca alrededor de 17 sectores. Algunos ejemplos de tasas que se han reportado:

SectorArancel aproximado
Automotriz y autopartes25% – 50% (vehículos eléctricos hasta 50%)
Calzado y artículos de cuero25% – 35%
Textil (telas, hilados, confección)25% – 35%
Juguetes25% – 35%
Acero y sus manufacturashasta 35%
Plásticos, papel, aluminiohasta 35%
Electrónicos y electrodomésticosvariable según fracción

Las tasas dependen de la fracción arancelaria específica, no del “tipo” general de producto. Dos artículos parecidos pueden caer en fracciones distintas con aranceles muy diferentes.

Cómo saber si tu producto está afectado

No se adivina: se verifica cruzando dos datos.

  1. La fracción arancelaria correcta de tu mercancía (los diez dígitos, no la que “suena”).
  2. El país de origen real de la mercancía.

Con eso se consulta si esa fracción está dentro del decreto y con qué tasa quedó. Una clasificación equivocada puede esconder el arancel —y dejarte con una diferencia de impuestos al despacho— o, al revés, hacerte creer que pagas más de lo que corresponde.

Tu mejor defensa: el origen

Aquí está la palanca que muchos importadores no aprovechan. El aumento es para orígenes sin tratado. Si puedes mover tu abasto a un país con el que México sí tiene tratado —Estados Unidos o Canadá vía T-MEC, o cualquier otro socio comercial— y la mercancía califica como originaria de ahí, sigues pagando la tasa preferencial (muchas veces 0%).

Ojo con la trampa: origen no es lo mismo que procedencia. Embarcar mercancía china vía un tercer país para “cambiarle el origen” es triangulación/elusión, y es ilegal. Lo que cuenta es que la mercancía cumpla las reglas de origen del tratado, acreditadas con un certificado de origen del T-MEC válido. Hecho bien, es legal y te ahorra el arancel; hecho mal, es un crédito fiscal con multas.

Para fabricantes hay otra ruta: si importas insumos para producir en México, la Regla Octava y programas como PROSEC pueden permitir traer esos insumos a tasas preferenciales, aunque vengan de un origen sin TLC.

El error de PYME más común

Cotizar y cerrar la compra con el proveedor chino usando el arancel viejo. El importador calcula su costo de aterrizaje con la tasa de 2025, cierra el precio de venta, y descubre el arancel nuevo cuando la mercancía ya viene en camino. Con tasas que pueden llegar al 35% o 50%, eso no es un ajuste menor: borra el margen o vuelve la operación inviable. El arancel se revisa antes de comprar, no en el despacho.

Cómo encaja con el resto de tu operación

Este cambio toca varias piezas a la vez:

En TradeWay

El momento de saber cuánto vas a pagar de arancel es antes de cerrar la compra, no cuando el contenedor está en el puerto. Como manejamos la operación integral —forwarding, despacho y consultoría bajo un solo contacto— podemos:

  • Verificar tu fracción y origen para saber si caes en el decreto y con qué tasa quedaste.
  • Recalcular tu costo de aterrizaje real con el arancel vigente, para que tu precio de venta no salga del número equivocado.
  • Evaluar alternativas legales —cambio de origen con T-MEC, Regla Octava para insumos, reconfiguración de producto— sin caer en elusión.

Si compras en China o en cualquier origen sin tratado, escríbenos hoy y revisamos tu fracción antes de tu próxima orden.

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